Inteligencia Artificial

INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y EL DERECHO.


IA: Razonamiento programado (No natural)

Es un conjunto de capacidades generadas por un autor llamado "ente pensante" las cuales son canalizadas y puestas en funcionamiento a través de una creación cibérnetica, robótica con los cuales dicho ente, les da capacidades específicas y dirigidas por un sistema computacional.


¿Los problemas de la IA en el lenguaje afectan en el Derecho?

Los ordenadores pueden reconocer, con un alto grado de precisión, el sentido de las consultas formuladas por los seres humanos, sin que estos deban utilizar para ello complejas construcciones sintácticas u operadores de proceso (AND, NOT, NEAR...)


Sin embargo, el lenguaje jurídico posee algunas características propias, que aumentan la dificultad de comprensión de las consultas formuladas:


Estas dificultades se deben principalmente, a la vaguedad, ambigüedad y textura abierta del derecho.
  • La vaguedad: es una característica de las palabras/conceptos en relación con lo que estas representan/significan según su uso. La vaguedad sería, en términos sencillos, falta de precisión.
  • La ambigüedad: significa la existencia de posibles usos distintos de una palabra o concepto, de esta situación surge la existencia de diferentes significados. Así la ambigüedad es un problema de polisemia por una parte y de homonimia por otra.
  • La textura abierta: constituye un vicio potencial que afecta a todos los términos de los lenguajes vulgares o naturales. Consiste en la posibilidad de que surjan dudas acerca de la aplicabilidad de una palabra que en la actualidad tiene un significado preciso, en circunstancias futuras insólitas o imprevistas.


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